El Tribunal Supremo ha respaldado la investigación con cámara oculta realizada por un detective a un abogado que no cumplía con el pago de la pensión a su exesposa. El abogado había presentado un recurso argumentando que se habían vulnerado sus derechos a la imagen e intimidad debido a la grabación oculta. Sin embargo, el tribunal determinó que no hubo intromisión ilegítima en su imagen o intimidad. La investigación tenía como objetivo obtener pruebas de que el abogado tenía fondos para pagar las pensiones acordadas en el divorcio que adeudaba a su exesposa.
Investigación con cámara oculta realizada por un detective
El tribunal subrayó que la investigación fue proporcional y legal, y se llevó a cabo para proteger el derecho de defensa de la exesposa, quien buscaba pruebas para los procesos judiciales relacionados con los impagos reiterados de pensiones. La investigación incluyó una entrevista en el despacho del abogado, donde el detective se hizo pasar por cliente. Las grabaciones no se realizaron en lugares privados y las imágenes capturadas no se difundieron al público.
El Supremo concluyó que no se invadió la intimidad del abogado y que la investigación utilizó medios proporcionados para demostrar su actividad profesional y refutar su afirmación de falta de ingresos. El tribunal rechazó la solicitud de indemnización por daño moral del abogado, señalando que sería contradictorio otorgarla a alguien que había evadido sus responsabilidades familiares y había sido condenado penalmente por ello.
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