Tribunal Supremo

Los Investigadores Privados en los Tribunales de Justicia

El Tribunal Supremo tiene dictaminado desde 1990, con una jurisprudencia posterior pacífica, que “el testimonio emitido por los detectives privados tiene, en favor de su  veracidad, no sólo la garantía de profesionalidad exigible y, en  principio, presumible en una profesión reglamentada legalmente, sino  también la que, de modo innegable, proporciona la precisa y continuada  dedicación al objeto del ulterior testimonio a emitir y las  complementarias acreditaciones gráficas o sonoras de que suele ir  acompañado, lo que no obsta, obviamente, a la neutralización de dicho  medio probatorio por otro u otros, de superior o idéntico valor  justificativo, obrantes en los autos”.

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